Un emprendedor, es aquella persona que pone en marcha con entusiasmo y determinación un negocio. Y como emprendedor, eres capaz de descubrir e identificar una oportunidad de negocios en concreto, organizar y distribuir los recursos que utilizarás para que ese negocio se ponga en funcionamiento y progrese.
En tu camino hacia la constitución de tu negocio te encontrarás con la obligación de resolver los requerimientos del SII. Aquí te señalaremos cuáles son:
1.- Inscripción en el Rol Único Tributario:
La solicitud de inscripción en el Rol Único Tributario (que es el número único chile, que fue establecido como identificación tributaria para personas naturales y jurídicas)es efectuada simultáneamente con el aviso de Inicio de Actividades. En el caso de las empresas, la asignación de este registro, su mantención y permanente actualización está a cargo del Servicio de Impuestos Internos. Para realizar este trámite, debe acercarse a la unidad del Servicio de Impuestos Internos correspondiente al domicilio de su empresa y presentar los siguientes documentos:
- Formulario 4415.
- Escritura de Constitución certificada por notario.
- Extracto de la Escritura de Constitución.
- Inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces.
- Publicación en el Diario Oficial.
Nota: Las personas naturales o micro empresas familiares no necesitan inscribirse en el Rol Único Tributario porque pueden iniciar actividades en SII con su RUT personal.
2.- Declaración de Inicio de Actividades
La declaración o aviso de Inicio de Actividades es la formalización ante el SII de la intención de emprendercualquier tipo de actividad que cause o pueda causar impuestos. El plazo para realizar este trámite esdentro de los 60 días siguientes al comienzo de la actividad.
La Declaración de Inicio de Actividades es un trámite obligatorio para quienes inicien actividades
Económicas, comerciales o profesionales, las cuales se dividen en dos categorías, de acuerdo al tipo derenta o ingreso que obtengan y que, en general, se clasifican en:
- Primera Categoría: Todas aquellas actividades que obtienen su renta del capital y/o de actividades comerciales, industriales, mineras, de transporte, etc.
- Segunda Categoría: Actividades que obtienen su ingreso de las rentas del trabajo, como las Sociedades y/o Servicios Profesionales.
Antes de proceder a la Iniciación de Actividades es importante tener claridad en la descripción y códigos correspondientes al giro de la Empresa (en la página web del SII se detallan los códigos para cada uno de los 18 sectores de actividad económica y los subsectores asociados a ellos). Una empresa puede tener más de un giro, los cuales deben ser claramente especificados, así como también puede realizar actividades de ambas categorías simultáneamente.
3.- Documentos tributarios
Según el tipo de persona jurídica con que se haya constituido su empresa y de la actividad económica que ésta desarrolle, deberá operar con distintos documentos tributarios: facturas, boletas de honorarios, libros de contabilidad y otros. Para la realización de los trámites relacionados se puede obtener ayuda en la oficina del Servicio de Impuestos Internos correspondiente a su empresa o directamente en el sitio web www.sii.cl
4.- Timbraje de documentos
Es el procedimiento para legalizar los documentos que acreditarán y respaldarán las operaciones comerciales que se hagan. Dependerá del tipo de negocio que tenga, la documentación que será necesaria timbrar, a modo de ejemplo podría ser algunos de los siguientes documentos:
- Boletas de ventas y servicios.
- Boletas de honorarios.
- Boletas de prestación a terceros.
- Facturas
- Notas de crédito.
- Notas de débito.
- Guías de despacho.
- Contabilidad en hojas sueltas con numeración única.
- Libros de contabilidad empastados.
- Facturas exentas de IVA (Impuesto al Valor Agregado).
Para timbrar la documentación en el SII deberá presentar:
- Cédula RUT del Contribuyente. Las Personas Naturales deben presentar la Cédula de Identidad del Contribuyente ofotocopia autorizada ante notario de ésta, si es un mandatario quien efectúa el trámite.
- Cédula de Identidad de quien realiza el trámite.
- Formulario 3230 (en duplicado) disponible en cualquier Unidad del SII o en internet.
- Último Formulario 3230 presentado por el contribuyente.
- Documentos a timbrar ordenados y numerados en sus lomos, por cada caja o talonario.
- Última declaración mensual vigente de IVA (Formulario 29).
Importante
En Chile, el mayor acceso a las tecnologías de la información y la modernización del sistema tributario, permiten el uso de vales (impresoras fiscales) y de recibos de pago de tarjetas de débito y crédito (terminal de tarjetas) en reemplazo de las boletas de ventas y servicios; el uso de facturación electrónica en reemplazo de los documentos tradicionales; y el cambio de los libros en papel por sus equivalentes en versión electrónica. Por ello, y por las nuevas disposiciones legales, sugiero hacerse asesorar para decidir que modalidad le conviene o debe aplicar en su nueva empresa.
5.- Los impuestos mensuales
Uno de los trámites frecuentes en materia tributaria es la declaración y el pago de los impuestos mensuales, entre ellos el IVA, los pagos provisionales mensuales (PPM) y las retenciones.
Los pagos provisionales mensuales (PPM) son un adelanto que las empresas realizan a cuenta de los impuestos a la renta anual que corresponde declarar en el mes de abril de cada año.
Para cumplir con este trámite se debe utilizar el formulario 29 del Servicio de Impuestos Internos, que puede ser presentado por Internet, a través de un formulario electrónico, por teléfono o en cualquier institución financiera autorizada para recibir la declaración y pago a través del formulario 29 en papel.
El plazo legal normal para presentar el formulario 29 es hasta el día 12 del mes siguiente, si es contribuyente electrónico hasta el día 20, y en el caso de que el plazo de declaración y pago venza en día feriado o en día sábado, éste se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente.
6.- Los impuestos anuales
La declaración de rentas anuales debe ser presentada por las empresas durante el mes de abril de cada año. Dependiendo de la diferencia entre los pagos provisionales pagados en el año, créditos que pueda utilizar y el monto a pagar en impuestos por las rentas, el contribuyente pagará al fisco u obtendrá una devolución por la diferencia.
Deben presentar la declaración de impuesto anual a la renta todas las empresas que hayan obtenido rentas de cualquier origen, salvo determinadas excepciones.
NolanBushnell (el emprendedor fundador de Atari) dijo:
“El ingrediente más importante es levantarte y hacer algo. Es así de simple. Muchas personas tienen ideas, pero sólo algunas deciden hacer algo al respecto hoy. No mañana. No la siguiente semana. Hoy. El verdadero emprendedor actúa en lugar de soñar”.
2 respuestas
Excelente trabajo. Llegue a tu página buscando información para crear un negocio propio y me ha servido muchísimo. Te agradezco que sigas adelante y sigas entregando consejos para los emprendedores que tienen ganar de generar su empresa. Saludos. Magda.
Magdalena, muchas gracias por tu comentario… estamos felices de que te haya servido… saludos!