La decisión de instalar un negocio o empresa propia implica desafíos personales que se deben asumir. Como emprendedor ves en tu negocio una oportunidad, y por lo tanto, tienes confianza en tu capacidad para salir adelante.
Debes tener en cuenta que es imprescindible identificar y analizar los factores que van a influir en el éxito de tú idea de negocio. Por eso, antes de cualquier trámite de formalización, lo recomendable es elaborar un “Plan de Negocios”.
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En términos generales, el Plan de Negocios es un documento guía para organizar nuestras ideas y lograr visión de conjunto, trabajando sobre cuatro puntos claves que nos permitirán construir la base para sacar adelante un proyecto empresarial.
- Describir en qué consiste la oferta que comercializaremos, si se trata de un producto o un servicio, cuáles son sus atributos y principales características, y cómo esta oferta responde a una demanda que hemos identificado.
- Describir quiénes serán los principales clientes y consumidores de nuestra oferta. Es importante identificar características que nos permitan definir qué instrumentos utilizaremos para comunicar, vender y distribuir nuestra oferta.
- Hacer ciertas definiciones estratégicas, donde describiremos los pasos, recursos, herramientas y actividades necesarias para poder desarrollar nuestra oferta y las actividades de comunicación y venta dela misma hacia los clientes y consumidores. Cuáles serán las formas de comercializar nuestra oferta, si será por la vía de venta directa, o si será en base de arriendo o concesiones, etc.
- Identificar todos los costos que implica la puesta en marcha del negocio (insumos, sueldos, transporte, costos básicos, comunicación, etc.),y por último en función de estos costos, estimar el precio de venta de los productos o servicios ofrecidos, calculando un porcentaje de rentabilidad esperado que permita contar con un negocio productivo.Los precios deben ser adecuados según el mercado, el interés y capacidad del público objetivo y la estrategia definida.
Una vez que tenemos claro nuestro negocio, nos toca pensar en cuál será el tipo de constitución legal que elegiremos para nuestra empresa, es decir bajo qué parámetros legales funcionará, cuál será su forma de administración y la manera en que tributará, entre otros.
Para definir la constitución legal de nuestra empresa tenemos 2 modalidades:
- Como Persona Natura
- Como Persona Jurídica
Diferencias entre modalidades:
PERSONA NATURAL | PERSONA JURÍDICA |
La persona (dueño de la empresa) ejerce todos los derechos y obligaciones de la empresa a su nombre. | La empresa asume todos los derechos y obligaciones de la misma. |
Es responsable personalmente de las deudas y obligaciones de la empresa. | Las deudas u obligaciones se limitan a los bienes de la empresa. |
Funciona con el mismo RUT de la persona natural. | La empresa tiene su propio RUT. |
Formada por una persona (dueño) | Puede ser formada por una o más personas, tanto naturales como jurídicas. |
No requieren demostrar un capital para emprender su actividad. | Requieren de un capital, en dinero o bienes, para su constitución. |
Puede funcionar como Empresa Unipersonal o Individual o Microempresa Familiar. | Puede funcionar como Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sociedad Colectiva, Sociedad Comanditaria o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) entre otra |
Requisitos para la constitución legal en ambos casos:
Para el caso de las empresas de Persona Natural, solo se requiere estar en posesión de nuestra Cedula de Identidad para emprender y constituir la empresa, salvo las situaciones en que se requiera de un representante, como en el caso de los menores de edad.
Este tipo de persona, también se puede constituir bajo la modalidad de Microempresa Familiar, que debe cumplir los siguientes requisitos:
- Que la actividad económica que constituye su giro se ejerza en la casa habitación.
- Quien desarrolle la actividad sea legítima(o) ocupante de la casa habitación familiar (casa propia, arrendada, cedida)
- Que en ella no trabajen más de cinco personas extrañas a la familia.
- Que sus activos productivos (capital inicial efectivo) – sin considerar el valor del inmueble en que funciona – no excedan las 1.000 UF.
Las Empresas de Personas Jurídicas, como Sociedades Limitadas, Sociedades (EIRL), Sociedades Anónimas, S.A.P.A. y otras, requieren:
- Una escritura legal de constitución
- La escritura debe ser publicada en extracto en el Diario Oficial
- Debe ser inscrita en el Registro de Comercio
Lo anterior, para que sean consideradas personas jurídicas de derecho, en caso contrario, si no cumplen alguno de los requisitos señalados, serán consideras sociedades de hecho, no pudiendo actuar bajo una razón social en forma independiente de los socios que la componen y en consecuencia, para los efectos de su tributación, debe tratárseles como si fueran comunidades (Circular N° 143 de 1972).